“Aprobamos 4 leyes. La del arrepentido con modificaciones, los dichos del arrepentido no pueden ser utilizados ni en su contra ni contra terceros, además pusimos un plazo para que pueda arrepentirse. Si se considera que no ha sido suficiente la declaración se puede usar en su contra”. “Esta figura ya estaba para los delitos de terrorismo, narcotráfico y secuestros, no es nueva en la Argentina”.
“Primero tiene que resolverse si la información es verosímil y los datos sirvieron para aclarar la situación de otros. Si bien se lo condena, se reduce al grado de tentativa”. “El arrepentido tiene que ser el autor del delito”.
“Aprobamos también la modificación de las comisiones de tarjetas de crédito”.
"En el amparo que presento el senador mandato cumplido por Santa Fe Giustiniani porque no se le daba la información del contrato celebrado entre YPF y Chevron la Corte determinó que había obligación de dar información cuando hay participación del Estado. La ley se refiere a las sociedades en las que el Estado Nacional es parte"
“Con respecto al derecho a la información, se elimino la restricción de que las personas que habían tenido cargos directivos no podían participar en la Dirección de Datos. Se le agregó que el nombramiento está a cargo del Ejecutivo de acuerdo con el Senado”.