“Hoy por hoy, en nuestro país no tenemos leyes sobre la subrogación asistida en el país. Dentro de las técnicas de reproducción asistida, esta es lo que no tiene legislación. Por ende, no es una práctica rutinaria que realizamos en nuestro centro, dado que no esta el soporte legal para darle el contexto al recién nacido y a quienes son los padres por voluntad pro creacional. Ha habido casos en el país, que tuvieron con presentaciones judiciales previas y que hubo fallos a favor. Esto va asentado jurisprudencia pero no hubo cambios en la legislación. En nuestro país, según la ley, la mujer subrogante es la que se considera como madre”.
“Para nosotros, no es un tratamiento que se pueda hacer solo con el deseo de los pacientes. Siempre que alguien quiere empezar el tratamiento, les decimos que tienen que interiorizarse con un abogado primero. De ninguna manera arranca la parte médica sin que las cuestiones legales estén en orden”.
“La única opción que tenemos para los embriones es la transferencia embrionaria. Ese embrión tiene como destino transferirse a un útero, de la misma mujer que empezó el tratamiento o pueden ser donados a otras parejas. Esas son las posibilidades según la ley en nuestro país”.