Facundo Pérez Lloveras: “Cuando un delito está prescrito, ningún fiscal puede perseguir a esa persona”

Hablamos con  Facundo Pérez Lloveras, abogado especialista en Derecho Penal, por la repercusión de posibles delitos de índole sexual sobre mayores y menores de edad que hubo durante los últimos días.

 

“La prescripción significa que el Estado no puede percibir a un ciudadano por la realización de un delito por el paso del tiempo”.

“En materia de delitos sexuales, hubo una modificación del Código Penal”

 “El término de la prescripción para empezar a contar este tiempo va a ser cuando la víctima adquiera la mayoría de edad”.

“Esto se realizó porque antes se contaba desde la fecha donde se realizaba el delito”.

“Cuando los menores, ya son mayores de edad,  están en condiciones de denunciar los hechos”.

“Cuando un delito está prescrito, ningún fiscal puede perseguir a esa persona”.

“Escapa de la autoridad de la Ley. Queda libre de culpa y cargo”.

“La prescripción de cada delito prescribe por separado”.

“La corrupción de menores tienen penas más altas y van a ser los últimos que prescriben”.

“Los delitos de facilitación al consumo de estupefacientes o entrega tienen penas más reducidas”.

“Los distintos códigos procesales del país, establecen que frente a la extinción de la acción por prescripción, los jueces y fiscales no pueden intervenir más”.

“Si tenemos antecedentes donde se hicieron los Juicios de la Verdad, donde se comprobaron la existencia de los hechos”.

“Las víctimas de hechos de tipo penal tienen derechos a ser escuchados y una intervención efectiva de la Justicia”.

“El Estado debe darle contención psicológica a las víctimas”.

“Si las víctimas no ponen abogados particulares, el Estado le debe proveer uno”.

“Los Juicios por la Verdad se hicieron en beneficio de las víctimas”.

“Existiendo la prescripción, no existe la jurisdicción”.