“Hay mucha imaginación, a veces, en quienes quieren, de alguna manera, cubrirse ante la posibilidad de investigaciones pero algo así no lo había visto nunca.”
“A partir de ésta voluntad de secretismo, de ocultamiento y de no negación de los hechos pareciera que hay como una especie de autoincriminación. Los hechos son ciertos, las operaciones, por lo menos sorprendentes, son ciertas también; lo que pasa es que el señor quiere aplicar un concepto de censura previa, es decir, que no se puede informar todo lo relacionado con lo que vincula a él con la familia Kirchner. Según él estaría sujeto al secreto fiscal, a la confidencialidad.”
“El que hizo ese recurso está muy desactualizado porque tanto la jurisprudencia de La Corte Suprema, como La Corte Interamericana se estableció que en situaciones de tensión o de conflicto entre la protección de la confidencialidad o intimidad y la necesidad de conocimiento por parte de la opinión pública, la revelación, cuando se trata de personas públicas, cede fundamentalmente, esa voluntad de proteger la confidencialidad porque en realidad lo que ellos hacen tiene que ver con un interés que los supera. Por lo tanto, el pretender acapararlo sin que sea revelado es una voluntad de impedir que todos conozcamos cuestiones de interés público.”